Precedente judicial en Canarias: absuelven a un estafador por la negligencia de la víctima
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una resolución inesperada al absolver a un hombre acusado de apropiarse de 246.000 euros. Los magistrados revocaron la condena previa (cuatro años de prisión), al considerar que el engaño era demasiado “burdo y evidente” y que la víctima actuó con una “negligencia extrema y desinterés”, al no adoptar ni siquiera las mínimas medidas de precaución.
La estafa se desarrolló entre finales de 2020 y febrero de 2022. El acusado se hacía pasar por agente inmobiliario y ofrecía viviendas a precios muy inferiores al mercado, supuestamente procedentes de los llamados “fondos buitre”. La víctima realizó seis transferencias de gran cuantía para la compra de inmuebles en Tenerife y Fuerteventura, pero ninguna operación llegó a formalizarse y la propiedad nunca fue entregada.
El tribunal concluyó que el hecho de que el inversor siguiera enviando decenas de miles de euros durante un año y medio, sin recibir nada a cambio ni comprobar la documentación, demuestra que “se dejó engañar”. Desde el punto de vista del derecho español, cuando la mentira del autor es primitiva (burdo engaño) y la víctima no activa un mínimo de pensamiento crítico, puede no concurrir el delito de estafa.
❗️ Los jueces subrayaron que la actuación del perjudicado estuvo motivada por la codicia y el deseo de adquirir activos a precios irrisorios. Aunque el acusado devolvió 100.000 euros tras la amenaza de juicio, fue precisamente la calificación jurídica de la conducta de la víctima lo que le evitó una pena de prisión.