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Multas de hasta 750 € por ocultar vacantes

El Estatuto de los Trabajadores obliga a las empresas a informar a sus empleados sobre cualquier vacante que se abra en la compañía. Esta exigencia está recogida en el artículo 6.5 de la ley LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) y tiene como objetivo reducir la temporalidad y fomentar la estabilidad contractual.

Las empresas deben notificar a:

  • Trabajadores a tiempo parcial (sobre la posibilidad de pasar a jornada completa);
  • Empleados con contratos temporales (sobre su conversión en indefinidos);
  • Trabajadores con contratos fijos-discontinuos;
  • Empleados en remoto (para garantizar igualdad con los presenciales).

Sanciones:

  • 70–150 € por infracción leve,
  • 151–370 € por infracción grave,
  • 371–750 € por infracción muy grave.

Las compañías pueden elegir el canal de comunicación: intranet corporativa, correo electrónico, tablones de anuncios físicos u otros medios previstos en el convenio colectivo.
2025-09-15 11:54