El Estatuto de los Trabajadoresobliga a las empresas a informar a sus empleados sobre cualquier vacante que se abra en la compañía. Esta exigencia está recogida en el artículo 6.5 de la ley LISOS (Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social) y tiene como objetivo reducir la temporalidad y fomentar la estabilidad contractual.
Las empresas deben notificar a:
Trabajadores a tiempo parcial (sobre la posibilidad de pasar a jornada completa);
Empleados con contratos temporales (sobre su conversión en indefinidos);
Trabajadores con contratos fijos-discontinuos;
Empleados en remoto (para garantizar igualdad con los presenciales).
Sanciones:
70–150 € por infracción leve,
151–370 € por infracción grave,
371–750 € por infracción muy grave.
Las compañías pueden elegir el canal de comunicación: intranet corporativa, correo electrónico, tablones de anuncios físicos u otros medios previstos en el convenio colectivo.